FUERO COMERCIAL

LEGAL

Proyecto de Ley sobre Delitos Informáticos, que reforma al Código Penal, La norma tipifica estos delitos informáticos, y se considerarán como tales:

El derecho comercial es una rama del derecho privado —el que rige las relaciones entre particulares y personas jurídicas/empresarios, y estos entre sí— que se encarga de dar marco jurídico a los actos de comercio: desde su definición, hasta el estatus de los empresarios, la actividad y actos jurídicos que realizan a través de sus empresas en el ejercicio de su profesión.

Serán aquellos negocios jurídicos que se determinen en el propio código, realizados por personas físicas o jurídicas, sean comerciantes o no.

La finalidad de una definición abierta como esta es que el concepto tenga la flexibilidad necesaria para adaptarse a un entorno cambiante y abarcar todos los actos y contratos mercantiles. Aun así, nos da un primer acercamiento al que será el ámbito de aplicación del derecho comercial: las actividades comerciales que realice una persona física o jurídica, sea considerado comerciante o no.

¿QUÉ SERVICIO PRESTAMOS?

Realizamos asesoramiento preventivo de conflictos comerciales, como así también asesoramiento para la defensa en torno a tales cuestiones.

Ofrecemos distintas alternativas legales para superar situaciones de crisis, tales como concursos preventivos, acuerdos preventivos extraconcursales, entre otros.

Verificación de créditos en Concursos y Quiebras. Realizamos asesoramiento en materia contractual.
Perseguimos extrajudicial y judicialmente el cobro de facturas.

El objetivo de esta rama del derecho es regular las actividades e intercambios de bienes y servicios, velando por el correcto funcionamiento de la actividad económica y fijando los momentos en que deben intervenir los poderes públicos.
Como podemos apreciar, el derecho comercial o mercantil es una rama clave del ordenamiento jurídico, y el esfuerzo de los legisladores cumple una doble misión:

Que las normas que componen este cuerpo normativo fomenten el derecho a la libertad de empresa y protegen su ejercicio, en línea con lo que establece la Constitución.

Al mismo tiempo, velar por que todas las actividades comerciales se realicen garantizando la equidad, sin la presencia de conductas que alteren la dinámica del mercado, afectando a los intereses de personas físicas o jurídicas.
Esta rama del derecho privado es muy amplia y se encarga de establecer las reglas para, por ejemplo, actividades como las ventas de cualquier bien o servicio, los alquileres en el ámbito empresarial, la constitución o la disolución de sociedades o el intercambio de bienes y servicios.

LAS ESPECIALIDADES MÁS COMUNES DEL DERECHO COMERCIAL

Derecho societario: define el marco regulatorio que se aplica a las sociedades de distinto tipo.

Derecho concursal: regula el procedimiento a seguir en caso de concurso de acreedores y las obligaciones respecto a deudores y acreedores de una sociedad.

Derecho cambiario: son las normas que definen y regulan los títulos que incorporan algún derecho de crédito (letras de cambio, pagarés, cheques…).

Derecho marítimo: protege el intercambio de bienes y servicios entre distintos actores por vía marítima.

Derecho bancario: establece las normas para la actividad bancaria y de otras entidades financieras.

Derecho de consumidor: Asesoramos para la presentación de reclamos en las Oficinas de Defensa del Consumidor, y en sede judicial, en cuestiones vinculadas con relaciones de consumo.