FUERO FAMILIAR

LEGAL

Hoy en día, y gracias a los avances en la sociedad, tenemos muchas formas de familias, con muchas composiciones posibles, más grandes o más pequeñas. La ley protege a todas las familias por igual y les reconoce derechos y obligaciones a sus integrantes.

 Para empezar tu divorcio, hoy debido a la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación, no necesitas invocar ninguna causal, simplemente el hecho «me quiero divorciar», ni esperar ningún plazo.

El cónyuge que queda desprotegido económicamente tiene «derecho a una compensación económica» dentro de los plazos legales vigentes.

Desde la Reforma del Nuevo Código Civil y Comercial, el tiempo requerido para obtener Sentencia de Divorcio se ha acotado de forma sustancial, obteniéndose actualmente en un Plazo aproximado de 3 meses. Dicho término no se ve alterado por la circunstancia de que deban tratarse cuestiones como Cuota Alimentaria, Régimen de Visitas y/o División de Bienes de la Sociedad Conyugal, ya que estos continúan su tramitación por separado.

Si tenes problemas en ponerte de acuerdo con el progenitor de tu hijo te ayudamos con un Régimen de Comunicación,
Si tu expareja no te pasa el dinero necesario, iniciamos automáticamente una Reclamos por Cuota Alimentaria,

El Régimen de Comunicación se regula con el fin de articular los pormenores relativos a la forma, los días y horarios en el que el progenitor no conviviente tiene derecho a ver a sus hijos.

En este se asienta en un acuerdo donde se fijan los días, horarios y formas de realización del régimen de comunicación. El acuerdo puede tener lugar en Sede Extrajudicial o en el marco de un Proceso Judicial.

 

En el primero de los casos se realiza mediante un acuerdo privado que normalmente es homologado por un mediador.

¿QUÉ SIGNIFICA EN CRIOLLO ?

Puedo resultar sensible el tema, por ellos brindamos todos el asesoramiento y el acompañamiento en todo el proceso de divorcio, así como también en la división de bienes.

¿O reclamar cuota de alimentos?

El progenitor de hijos menores, o bien los hijos mayores de edad, tienen derecho a percibir una cuota de alimentos del progenitor no convivientes, te ayudamos con el proceso legal para que puedas acceder a la cuota alimentaria que te corresponde. –

¿Necesitas realizar tu divorcio?

Puedo resultar sensible el tema, por ellos brindamos todos el asesoramiento y el acompañamiento en todo el proceso de divorcio, así como también en la división de bienes

¿O reclamar cuota de alimentos?

El progenitor de hijos menores, o bien los hijos mayores de edad, tienen derecho a percibir una cuota de alimentos del progenitor no conviviente, te ayudamos con el proceso legal para que puedas acceder a la cuota alimentaria que te corresponde. –

 

  • Divorcio: Cuando no queremos estar más vinculados legalmente en matrimonio, podemos presentarnos y solicitar el divorcio Unilateral, en este caso solamente basta con que uno de los dos se quiera divorciar. Entonces cada cual deberá presentar su propuesta de convenio para acordar cómo se dividirán los bienes y/o cómo se manejarán con respecto a los menores de edad. O sino puede ser un divorcio Conjunto, si es de común acuerdo.
  • Alimentos: Cuando los padres se separan, estén casados o no, y los hijos menores de edad viven con uno de los dos, el otro que no vive con ellos está obligado a pasar una cuota en dinero para mantener los gastos. Es un derecho esencial de los niños, para que tengan la mejor calidad de vida posible de acuerdo con el ingreso de sus padres.
  • Régimen de comunicación y cuidado personal de hijos: Los antes conocidos como «visitas» y «tenencia». Son necesarios estos procesos cuando no se ponen de acuerdo los padres en qué días, en qué horarios y en qué condiciones será que cada padre pasa el tiempo con sus hijos menores de edad.
  • Filiación: Para pedir que se reconozca a un hijo que no había sido reconocido al nacimiento, o por el contrario para pedir que se tenga como no reconocido un hijo que se descubre posteriormente no era propio.